¿Qué exige el artículo 4 del AI Act?
El artículo 4 del Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act) impone una obligación directa a proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA para garantizar que el personal y las personas que operan los sistemas en su nombre tengan un nivel suficiente de alfabetización en IA. Esta medida busca asegurar un uso seguro y responsable de la inteligencia artificial, adaptado al contexto de cada empresa y los riesgos que pueda implicar (art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689).
“Los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA adoptarán medidas para garantizar que, en la mayor medida posible, su personal y demás personas que se encarguen en su nombre del funcionamiento y la utilización de sistemas de IA tengan un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA, teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, su experiencia, su educación y su formación, así como el contexto previsto de uso de los sistemas de IA y las personas o los colectivos de personas en que se van a utilizar dichos sistemas.” (art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689)
¿A quién afecta dentro de la empresa?
La obligación de alfabetización en IA no se limita al personal técnico. El artículo 4 requiere que estén formadas todas las personas que, en nombre de la organización, operen o utilicen sistemas de IA. Esto incluye tanto empleados directos como personal subcontratado o en otras formas de colaboración que intervengan en la gestión, supervisión o utilización de IA en la empresa.
Principales colectivos afectados:
- Trabajadores de departamentos que emplean activamente sistemas de IA (por ejemplo, recursos humanos, marketing, operaciones, TI, recepción)
- Supervisores y mandos intermedios que toman decisiones basadas en outputs de sistemas de IA
- Personal de soporte, atención al cliente y ventas que utilice herramientas asistidas por IA
- Empleados responsables de cargar o revisar datos utilizados por sistemas de IA
- Responsables de la empresa que aprueban o auditan procesos relacionados con IA
¿Qué debe cubrir la formación en IA?
El AI Act no exige un programa formativo específico, pero sí que la formación sea adecuada al contexto, riesgos, nivel técnico y función de cada persona. Los contenidos deben permitir identificar, comprender y mitigar posibles riesgos asociados a la IA; además, facilitar el cumplimiento del Reglamento y de la normativa paralela (protección de datos, laboral, consumo, seguridad, etc.).
Elementos clave que debe incluir la formación:
- Conceptos básicos sobre qué es la inteligencia artificial y cómo funciona en la organización
- Riesgos asociados a la IA según el uso (p. ej., sesgos, errores, falta de explicabilidad, riesgos para derechos y libertades)
- Prácticas que el Reglamento prohíbe expresamente (manipulación, explotación de vulnerabilidades, algoritmos de puntuación social, usos biométricos indebidos, etc.)
- Obligaciones de transparencia: cómo y cuándo informar a clientes, usuarios y empleados sobre la interacción con la IA (art. 50)
- Impacto en la protección de datos y privacidad en relación al RGPD
- Supervisión humana: cuándo es obligatoria y cómo se realiza en la práctica
- Procedimientos de notificación de incidentes o dudas ante riesgos de la IA
- Limitaciones y responsabilidades en el uso de herramientas de IA de terceros
- Medidas para garantizar un uso ético y responsable según el contexto de la empresa
La profundidad y el enfoque variarán dependiendo de si es personal técnico, usuarios finales, perfiles de supervisión, o responsables de cumplimiento.
¿Cómo acreditar que la plantilla está formada?
Cumplir el artículo 4 implica no solo impartir formación, sino poder justificar ante requerimientos externos (auditoría, inspección o reclamación) que la organización ha adoptado medidas eficaces para asegurar la alfabetización en IA. El Reglamento no exige un diploma concreto ni una certificación oficial, pero sí que las pruebas sean objetivas, trazables y adaptadas al riesgo.
Medios recomendados para acreditar la formación:
- Registro documental de formaciones realizadas (fechas, contenidos, asistentes y duración)
- Listados nominativos de personal formado y pendiente de formar
- Materiales didácticos y guías disponibles en el canal interno de la empresa
- Autoevaluaciones, test o evidencias de competencias obtenidas tras la formación
- Comunicación regular y actualizaciones ante cambios normativos, tecnológicos o de uso
- Listado de incidentes detectados y comunicados gracias a la formación en IA (para evidenciar la eficacia)
- Acreditación de participación de mandos intermedios y responsables
Estos soportes permiten a la empresa demostrar diligencia y cumplimiento proactivo ante cualquier requerimiento de la autoridad de vigilancia del mercado (art. 72, 73 del Reglamento (UE) 2024/1689).
Errores habituales al implantar la formación en IA
Evita estos errores que pueden comprometer el cumplimiento del artículo 4:
- Limitar la formación únicamente a perfiles técnicos o directivos, olvidando usuarios reales y personal de soporte
- No documentar exhaustivamente las acciones formativas y los asistentes
- No actualizar la formación cuando cambian los sistemas de IA utilizados o se detectan nuevos riesgos
- Prescindir de mecanismos de autoevaluación o comprobación del nivel de comprensión
- Reducir la formación a información general, sin incluir los riesgos y responsabilidades reales en los puestos de trabajo
- No implicar a mandos intermedios en la supervisión y transmisión de buenas prácticas en IA
Estos fallos pueden suponer un incumplimiento directo del Reglamento y una señal de falta de cultura preventiva en la organización.
Próximos pasos prácticos para cumplir el artículo 4
Checklist para responsables de empresa:
- Identifica qué sistemas de IA utiliza la empresa y en qué procesos intervienen personas
- Segmenta el personal expuesto a IA según funciones y contexto de uso
- Elabora un plan de formación adaptado a perfiles (usuarios, supervisores, responsables de cumplimiento, técnicos…)
- Define contenidos mínimos orientados a riesgos reales y obligaciones aplicables
- Diseña un sistema de registro y archivo de evidencias de la formación
- Prepara comunicaciones internas y consulta a la representación legal de los trabajadores, si procede
- Establece revisiones periódicas de la formación y actualiza los contenidos ante nuevas prácticas, herramientas o cambios legales
- Revisa que las obligaciones de transparencia, privacidad y derechos de las personas estén integradas en la formación
Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria la formación en IA para todas las empresas?
Sí, siempre que se sea proveedor o responsable del despliegue de sistemas de IA en la empresa, independientemente del tamaño de la organización (art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689).
¿Qué pasa si solo forman a los perfiles técnicos?
El cumplimiento sería insuficiente y parcial. La obligación abarca a toda persona que opere o influya en sistemas de IA, incluyendo personal no técnico (art. 4).
¿Se exige un título concreto o certificado homologado?
No. El Reglamento exige acreditar la formación de manera objetiva y adaptada a los riesgos, pero no impone un título o diploma específico.
¿Cómo demostrar que se cumple el artículo 4 ante una auditoría?
Con registros nominativos, materiales didácticos, evidencias de participación y autoevaluaciones. Toda la documentación debe estar disponible y actualizada.
¿La formación en IA sustituye a la protección de datos?
No. El cumplimiento del artículo 4 es independiente y complementario al RGPD y a otras normativas. Son obligaciones paralelas y compatibles.
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